Es el derecho que toda persona tiene para presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución, se encuentra reglamentado a través del Titulo II, capitulo I, de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 de 2015.
Es toda solicitud de información relacionada con el portafolio de productos y servicios ofrecidos por la Entidad, recibida a través de los canales administrados por la Coordinación SAC, que no están relacionados con una insatisfacción.
Es la manifestación de inconformidad expresada por un Consumidor Financiero, respecto de un producto o servicio adquirido, ofrecido o prestado por una entidad vigilada, y puesta en conocimiento de ésta, del defensor del consumidor financiero, de la Superintendencia Financiera de Colombia o de las demás instituciones competentes, según corresponda.
Toda propuesta de una idea que tenga como finalidad mejorar las actuales prestaciones de servicios. La ejecución de la sugerencia estará en función de su viabilidad, la cual dependerá del análisis respectivo por parte del área de Servicio al Cliente.
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