El Instituto de Seguros Sociales en Liquidación suscribió el contrato de fiducia mercantil No. 015 de marzo de 2015 con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A., con fundamento en lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, a través del cual se constituyó el fideicomiso denominado PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN – P.A.R. I.S.S, respecto del cual, FIDUAGRARIA S.A. actúa única y exclusivamente como administrador y vocero.
La finalidad del Patrimonio Autónomo de Remanentes es la administración y enajenación de los activos que le sean transferidos, la administración, conservación, custodia y transferencia de los archivos, la atención de las obligaciones y remanentes y contingentes, así como la atención y gestión de los procesos judiciales, arbitrales o reclamaciones en curso al momento de la terminación del proceso liquidatorio, y además, asumir y ejecutar las demás obligaciones remanentes a cargo del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación al cierre del proceso liquidatorio.
El Patrimonio Autónomo de Remanentes del Seguros Social en Liquidación, ni FIDUAGRARIA S.A. en su condición de vocera y administradora del citado fideicomiso son continuadores del procedo liquidatorio del Instituto de seguros Sociales en liquidación, ni es sucesor ni subrogatorio a ningún título del extinto Instituto de Seguros Sociales. La constitución del mencionado Patrimonio Autónomo no obedeció a un cambio de razón social de la liquidada entidad.